Con cargo a esta CUENTA se bonificará lo siguiente:
1.-Tratamientos de patologías catastróficas (casos graves de evolución indefinida), según detalle del Anexo "A", de "Enfermedades Catastróficas" adjunto a la Norma Administrativa y que se encuentran acogidas a la Cuenta Nº 2 del FAMEFA.
2.- Tratamientos de Diálisis, Radioterapia y Quimioterapia.
Para mayor información comunicarse con la Asistente Social del FAMEFA y/o la Técnico Social a los teléfonos:
Correo: gcandia@fach.mil.cl, fono: 229762571
Correo: vsilva@fach.mil.cl, fono: 229762574